| Responsabilidad Social Empresaria |
Una nueva forma de conducir los negocios
Las funciones económicas, por supuesto, continúan cumpliendo un papel fundamental, puesto que, de lo contrario, estaríamos desnaturalizando a la empresa. Es claro, en este sentido, que al cumplir el contrato económico, siempre y cuando sean respetuosas de las disposiciones jurídicas, las empresas están realizando su principal contribución al bienestar de la sociedad.
Debemos dejar en claro, pues, que la noción de Responsabilidad Social Empresaria no significa que el empresario desestime la importancia de generar beneficios (la rueda que, en definitiva, hace funcionar el contrato anterior), sino simplemente que su maximización no se produzca a cualquier precio ni a cualquier costo, esto es, que no implique o conlleve la utilización de determinados medios como la explotación de la mano de obra, la destrucción del medio ambiente o el soborno de funcionarios públicos, entre otros que podríamos mencionar.
En un contexto en el que los consumidores, las organizaciones de la sociedad civil y los medios de comunicación incrementan de manera continua y acelerada su poder de “vigilar y castigar”, supone una nueva forma de orientar la gestión empresarial en base una ética que considere y evalúe los efectos de las acciones y los medios a utilizarse, esto es, una nueva forma de hacer y de conducir los negocios en base a una ética de la responsabilidad (10).
Esta apreciación adquiere mayor significancia y pertinencia en un país como el nuestro, caracterizado, como dijimos, por la débil capacidad de las burocracias estatales, incluyendo las judiciales, para fiscalizar y sancionar la transgresión de las normas jurídicas, y en donde el costo de no cumplirlas es menor que el de respetarlas, fundamentalmente como consecuencia de los engorrosos trámites, las trabas burocráticas, la levedad de los castigos y la ineficacia, por corrupción o desidia, de las sanciones previstas (11).
Sustentando su accionar en una ética de la responsabilidad, las empresas deberían tomar plena conciencia de las implicancias individuales, sociales y medioambientales que acarrean sus prácticas operativas, desarrollando políticas, procedimientos y procesos orientados a evitar posibles efectos colaterales negativos, a potenciar externalidades positivas y a fomentar el respeto y consideración de cada uno de los stakeholders con los que se relaciona. Bajo esta óptica, las empresas deberían comenzar a incluir en su agenda y consideración un amplio conjunto de temáticas e interlocutores tradicionalmente considerados ajenos al ámbito de sus preocupaciones primarias.
Actualmente, siempre con matices y excepciones, la preocupación central de los altos directivos empresariales consiste en satisfacer, maximizando beneficios, las expectativas de los accionistas o shareholders. Incrementar las ganancias y preocuparse por los intereses de los accionistas sigue siendo, por supuesto, totalmente válido, puesto que constituye el elemento sustancial y determinante de la naturaleza de la empresa. No obstante, como enfatizamos, esto es válido, e incluso vitalmente importante, siempre y cuando no se procure a cualquier precio y considere, en cualquier circunstancia, los medios a utilizarse.
(10) Planteada específicamente para el ámbito de la política, la noción está inspirada en el pensamiento de Max Weber, quien definió a la ética de la responsabilidad como aquella que ordena tener en cuenta las consecuencias previsibles de la propia acción. Véase Weber, M., El político y el científico, Madrid, Alianza, 1997, p.p. 164-167.
(11) Para mayor detalle, véase Nino, C., Un país al margen de la ley, Buenos Aires, Emecé, 1992, p.p. 97-102.
Volver a “Hacia una cultura de la Responsabilidad
Social Empresaria en Argentina”
|
|